Ya existe plazo para obtener la devolución automática de la declaración anual
En abril las personas físicas presentan su declaración anual por los ingresos que obtuvieron en el ejercicio inmediato anterior (2018), considerando también sus deducciones autorizadas y personales, según corresponda. Esta operación puede generar una cantidad a favor de los contribuyentes, misma que pueden solicitar en devolución o compensarla contra un impuesto a cargo.
En caso, de que algún contribuyente opte por solicitar la devolución del saldo a favor, debe ingresar al programa de devoluciones automáticas; es decir, no es necesario que emplee su buzón tributario para hacer la solicitud.
Para poder obtener la devolución automática, el SAT ha establecido en la regla 2.3.2 de la décima resolución de modificaciones de la RMISC 2018, que la declaración debe ser presentada a más tardar el 31 de julio de 2019.