De acuerdo con la legislación laboral, el trabajador solo tienen derecho a él cuando presta su servicio.
Según el numeral 69 de la LFT, todo trabajador tiene derecho a disfrutar, por cada seis de labores, por lo menos de un día de descanso.
Esta prerrogativa incluye el goce íntegro de su salario ordinario; sin embargo, ese pago puede resultar afectado cuando el colaborador se ausenta de su trabajo por cualquier motivo, ya sea por una inasistencia injustificada, incapacidad médica o porque tiene un permiso sin goce de salario.
De lo anterior se infiere que si un colaborador pactó con su patrón prestar sus servicios de lunes a sábado y dejó de trabajar uno de ellos, no tiene derecho a gozar el salario completo relativo a ese día de asueto semanal, sino solamente la parte proporcional a los días efectivamente trabajados. Esta misma regla aplica a los trabajadores que pactan una semana inglesa de labores –donde los días de trabajo son cinco, por dos de descanso–.
Para lograr una mejor comprensión de lo anterior, a continuación se presenta el siguiente caso:
Caso:
Sueldo semanal: $1,500.00
Semana de trabajo pactada: Seis días
Día de descanso pactado: Uno
Faltas computadas: Una
1. Determinación del salario diario
2. Determinación de la proporción diaria de día descanso
3. Cálculo de pago proporcional del séptimo día
4. Cálculo del pago semanal a recibir por el trabajador
Es importante explicarle a los trabajadores las implicaciones económicas que conlleva el faltar a su centro de trabajo, evitando con esto sorpresas a la hora de recibir su pago.