Uno de los principales ajustes previstos en la reforma fiscal 2022 propuesta por el ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2021 al Congreso de la Unión, fue la incorporación del Régimen Simplificado de Confianza de personas morales, el cual se pretende que supla al régimen de opción de acumulación que está en el Capítulo VIII, del Título VII de la LISR.

En la exposición de motivos que dio origen a esta propuesta se destacó que este régimen tiene la finalidad de promover la reactivación económica mediante un esquema de simplificación que fomente la inversión, para los contribuyentes cuyos ingresos totales no excedan de 35 millones de pesos en el ejercicio

Además, se consideró necesario contar con este régimen, el cual permitirá que la acumulación de los ingresos y deducción de las erogaciones ocurra hasta que estos efectivamente se perciban y se paguen apegándose a la realidad económica del contribuyente y sin que ello implique la reducción de la carga impositiva.

Cabe señalar que la aplicación de este régimen implica para los contribuyentes dejar de realizar las declaraciones provisionales mediante el uso del coeficiente de utilidad obtenido de su declaración anual del ejercicio fiscal anterior.

Además, se dice que es un esquema de deducción de inversiones a menor plazo, precisando que la deducción de inversiones se determinará mediante la aplicación del porcentaje que corresponda, dependiendo el tipo de bien y sobre el monto original de la inversión.

En el régimen propuesto se presentarán pagos provisionales, determinando la utilidad fiscal (disminuyendo de sus ingresos las deducciones autorizadas, la participación de los trabajadores en las utilidades y, en su caso, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de aplicar) a la cual se le aplicará la tasa del 30 %, otorgando la posibilidad de acreditar, entre otros, las retenciones, así como los pagos provisionales efectuados con anterioridad al mes que se está calculando.

El SAT, dio algunos detalles sobre los cambios que este representa con motivo de la entrega del Paquete fiscal al Congreso de la Unión, destacando que el Régimen de confianza tiene la intención de simplificar el cumplimiento de sus obligaciones a los contribuyentes. 

Explicó que esta opción, en el caso de personas físicas, estará disponible para aquellos que pertenencían al régimen de persona física con actividad empresarial, régimen de incorporación fiscal (RIF), régimen de actividades agrícolas, pesqueras, ganaderas y silvícolas y arrendamiento. Siempre que tengan ingresos por debajo de los 3.5 millones de pesos anuales. 

En principio detalló que la creación del nuevo régimen de confianza busca evitar que los pequeños contribuyentes, que normalmente no cuentan con las herramientas y conocimientos para aprovechar al máximo las disposiciones en materia de deducciones, terminen pagando altas cantidades de impuestos. 

Por su parte, para personas morales, el beneficio de este esquema sería para el 96%, al cual se podría acceder con un máximo de ingresos de 35 millones de pesos anuales, mismo que entre otras cosas facilitará la declaración anual al estar precargada. 

Destaca también que ahora el impuesto se pagará con base en el ingreso cobrado y en el devengado, (flujo de efectivo). 

Por otra parte, se aumentaron los porcentajes en las deducciones en las inversiones y se acortaron los años, por ejemplo en el caso de mobiliario de oficina paso a 25% en un período de cuatro años

Otras medidas generales del PEF 2021

Señala que una de las finalidades del PEF es adoptar estándares internacionales en dos puntos importantes: 

  • información financiera, para detectar actos de corrupción y se hace explícita la defraudación fiscal -cohecho internacional-
  • corrupción internacional 

Asimismo, se reforzarán las medidas para el combate al contrabando de combustibles, tanto para contrabandistas como para clientes, a través de:

  • fortalecimiento de reclasificación de la mercancía que siendo un combustible no pagara IESPS
  • el contrabandista no podrá importar combustibles de manera vitalicia 
  • improcedencia de la deducción de ISR y acreditamiento del IVA en compras realizadas a empresas sin permisos de la CRE/SENER

Además, los grandes contribuyentes tendrán la obligación de dictaminar estados financieros por contador público inscrito en el registro del SAT, mismo que deberá informar a la autoridad cualquier incumplimiento. 

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