La LIF 2019 contiene dentro de sus artículos transitorios un esquema para los sujetos obligados que han sido omisos en materia de cumplimiento
El 15 de diciembre de 2018 se presentó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico, el cual incluye la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y los Criterios Generales de Política Económica para el primer año de la nueva administración federal.
Justamente, en el proyecto de la LIF 2019, el artículo décimo cuarto transitorio contiene un esquema de facilidades para los sujetos obligados en materia de prevención de lavado de dinero.
Dicha disposición prevé que aquellos que no estén al corriente de sus obligaciones por el periodo del 1o. de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018 podrán implementar programas de auto regularización, previa autorización del SAT, siempre que estén al tanto en el cumplimiento de las obligaciones de 2019. No procederá la imposición de sanciones sobre el periodo de incumplimiento amparado por el programa de auto regularización.
El SAT podrá condonar las multas que haya fijado en términos de la legislación antilavado, pues la vigencia del programa interrumpe el plazo de prescripción para la imposición de sanciones.
El SAT deberá emitir y publicar en el DOF las reglas de carácter general que regulen la aplicación de los programas de auto regularización, en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la entrada en vigor de la LIF, es decir, marzo de 2019.
Lo anterior, según la exposición de motivos se debe a que el SAT ha detectado que existe un número considerable de sujetos que llevan a cabo las actividades vulnerables previstas en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), que son omisos en el cumplimiento de las obligaciones contempladas en la legislación antilavado.
Por ello, estiman conveniente implementar esquemas de facilidades para que los sujetos obligados se regularicen y a la vez se permita a las autoridades competentes obtener información útil, precisa y eficaz para el ejercicio de sus atribuciones.
Si bien esto apenas es el proyecto de LIF 2019 y todavía debe seguir su camino legislativo correspondiente, por la conformación del congreso es muy probable que este dispositivo no sufra ningún cambio por lo que habrá que estar al pendiente de las reglas que llegase a implementar el SAT durante los primeros meses de 2019.